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Para cada pedido que nos haga, el siguiente texto es parte vinculante del contrato de venta:
1 El [importador/comprador] no vende, exporta o reexporta, directa o indirectamente, a la Federación de Rusia o para su uso en la Federación de Rusia ningún bien suministrado en virtud de este Acuerdo o en relación con el mismo que entre en el ámbito de aplicación del artículo 12 octies del Reglamento (UE) nº 833/2014 del Consejo.
2 El [importador/comprador] hará todo lo posible para garantizar que el propósito del apartado 1 no se vea frustrado por terceros en la cadena comercial más amplia, incluidos los posibles revendedores.
3 El [importador/comprador] establecerá y mantendrá un mecanismo de control adecuado para detectar comportamientos de terceros en la cadena comercial posterior, incluidos los revendedores potenciales, que pudieran frustrar el propósito del apartado (1).
4 Todo incumplimiento de lo dispuesto en los apartados (1), (2) o (3) constituirá un incumplimiento sustancial de un elemento sustancial del presente Acuerdo y el [exportador/vendedor] tendrá derecho a exigir las reparaciones oportunas, incluidas, entre otras, las siguientes: Rescisión del presente Acuerdo. Además, el Vendedor tendrá derecho a notificar el incidente a todas las autoridades gubernamentales pertinentes.
5 El [importador/comprador] notificará con prontitud al [exportador/vendedor] cualquier problema en la aplicación de los párrafos (1), (2) o (3), incluyendo cualquier actividad relevante de terceros que pueda frustrar el propósito del párrafo (1). El [importador/comprador] facilitará al [exportador/vendedor] información sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los apartados (1), (2) y (3) en un plazo de dos semanas a partir de la simple solicitud de dicha información."
Debido a las sanciones impuestas por la Unión Europea contra Rusia y Bielorrusia, a partir del 24.02.2022 no realizaremos ofertas ni entregas a Rusia y Bielorrusia. Estas medidas también se aplican a todas las consultas relativas a Corea del Norte.
Pakistán, Irán, Siria, Irak, Zimbabue, Somalia, Sudán, Sudán del Sur:
Debido a la larga tramitación para obtener una autorización cero (certificado de autorización) por parte de la Oficina Federal de Economía y Control de las Exportaciones, por lo general no realizamos envíos a los países mencionados. Nos reservamos el derecho de añadir otros países a esta lista si la situación y las disposiciones legales cambian.
Egipto
Debido al nuevo procedimiento de la ACI (registro previo de las importaciones) y a las escasas consultas procedentes de Egipto, hemos suspendido todos los envíos a este país por el elevado esfuerzo burocrático que supone. Rogamos a los interesados que, en caso necesario, se pongan en contacto con un exportador alemán especializado en Egipto.